A fin de garantizar, fundamentalmente a la gente de más escasos recursos económicos, que los certificados de defunción de algún ser querido le sea entregado de manera oportuna para los tramites respectivos y que estos no los retengan las instituciones hospitalarias como garantía de pago, el Gobernador Rubén Moreira Valdez firmó que Decreto que reforma la Ley de Salud en la materia.
Hospitales no podrán retener certificados de defunción
Por: J. Manuel Contreras.
Saltillo, 02 de junio.- A fin de garantizar, fundamentalmente a la gente de más escasos recursos económicos, que los certificados de defunción de algún ser querido le sea entregado de manera oportuna para los tramites respectivos y que estos no los retengan las instituciones hospitalarias como garantía de pago, el Gobernador Rubén Moreira Valdez firmó que Decreto que reforma la Ley de Salud en la materia.
Los hospitales públicos y privados que violen esta ley, con la retención de este documento por cualquier motivo, se exponen a la pena de una multa de hasta mil veces el salario mínimo general vigente en la zona.
Asimismo, esta reforma faculta a la secretaría estatal de Salud a crear y entregar los formatos para enviarlos a las clínicas, hospitales públicos, privados y médicos certificantes, los cual los ampara para el traslado de cadáveres.
El Gobernador Rubén Moreira Valdez afirmó que en muchos casos los deudos de la persona fallecida ven como se les retienen los documentos como el Acta de Defunción hasta en tanto no cubran los gastos derivados de los servicios funerarios.
Pero ahora, la ley los protegerá, porque las instituciones médicas deberán de entregar en tiempo y forma el o los documentos a los familiares de quienes dejan de existir, porque son muy importantes para trámites posteriores.
“Esta reforma también obliga a instancias hospitalarias, públicas o privadas a agilizar la entrega de estos documentos sin pretexto alguno a deudos de los fallecidos”, subrayó.
Firmó el Decreto en presencia de los presidentes de los Poderes Legislativo y Judicial, José María Fraustro Siller y Gregorio Pérez Mata, respectivamente, así como de los secretarios de Gobierno y de Salud, Víctor Zamora Rodríguez y Héctor Mario Zapata de la Garza.
Así es como esta reforma garantizará la entrega de los Certificados de Defunción a los interesados o familiares de la persona fallecida, con la prohibición de la retención del documento por cualquier particular o institución de Salud, por cualquier motivo y bajo pena de multa equivalente hasta mil veces el salario mínimo general vigente en la zona.
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