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Guillermo Robles

Un negocio muy rentable: acta de nacimiento

            OPINIÓN

            Por Guillermo Robles Ramírez

            Un negocio muy rentable: acta de nacimiento

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            Hay documentos que siempre serán indispensables y que todos en alguna vez de nuestra vida lo requeriremos. Desde los sacramentos de la Iglesia como es el bautismo y matrimonio, hasta para casarse en el Registro Civil, procesos judiciales, o bien, desde lo más sencillo que es la educación.

            Hablar de las actas de nacimiento es realmente interesante, inverosímil y hasta cómico a la vez. En lo personal tengo en mi poder actas de nacimiento de mis abuelos en donde en un simple formato impreso solamente se dejaba el espacio de los padres y testigos en la que simplemente se escribía los nombres con pluma y mano escrita o cursiva. Incluso era muy normal que el nombre de la madre se escribía con el apellido de casa matrimonial que era anteponiendo la palabra “de” y el primer apellido del esposo.

            En la década de los sesentas se modernizó con la hoja de seguridad que muchos conocen que es con ribeteado de color amarilla y el nombre a registrar, así como padres y testigos escritos a máquina, aunque el de la madre matrimoniada por la Iglesia se continuaba escribiendo con apellido de casada y no de soltera.

            Durante años esta fue la forma oficial y el cual dicho documento se podía hacer muchos trámites con el mismo escrito original sin necesidad estar renovándolo puesto que no tenían una fecha de caducidad.

            Sin embargo, para quienes nos manejábamos con esas actas de nacimiento antiguas de color amarilla y sin previo aviso dejaron de ser válidas. Hubo la necesidad de hacer otra actualización y los años posteriores le fueron añadiendo más elementos para hacer un documento seguro teniendo las más recientes con hologramas y firma electrónica.

            Aunque nadie se opuso, tampoco se oponen en el presente a que dicho documento cuente con todas las medidas de seguridad; sin embargo, el haberlas hecho con una vigencia de solamente tres meses esa siempre ha sido y sigue siendo la inconformidad de la gente y más cuando tiene un costo.

            Algo que siempre ha sido inconstitucionalidad la vigencia de las actas de nacimiento y, sin embargo, para cualquier trámite en el que se solicitaba el escrito no mayor a una antigüedad de tres meses o de lo contrario no continuaba cualquier gestión e incluso la inscripción a las instituciones educativas tanto particulares, así como de gobierno estatal y federal.

            Existe muchas publicaciones de especialistas legales en las que siempre han sostenido el argumento en que no existe tal cosa de caducidad en un documento oficial como lo es el acta de nacimiento; sin embargo, tanto en escuelas y tribunales las exigían obligando a tener que estar sacando nuevas.

            Y aunque en muchas entidades han facilitado el sistema de reimprimirlas como son los cajeros automáticos, que en realidad sí son de mucha ayuda, pero no deja de ser molesto e innecesario.

            Un invento por parte de cada una de las entidades federativas para recaudar un ingreso anticonstitucional. Haciendo un pequeño ejercicio en donde cada nuevo ingreso escolar es obligatorio como documento de inscripción es el acta de nacimiento. En la Secretaría de Educación de Coahuila en inicio de este año estimó que tan solo en ciclo escolar 2019-2020 registraron durante el proceso de preinscripción tan solo 145 mil estudiantes en la educación básica.

            El costo del acta de nacimiento en el cajero automático en Coahuila de Zaragoza, es de 138 pesos, a lo que se traduce en un monto superior a los 20 millones de pesos por tan solo ese concepto, sin considerar lo que se genera en otro tipo de trámites.

            Y aunque se tiene el conocimiento de que se trata de un documento oficial al cual no caduca aún así las escuelas, oficinas de gobierno de los tres niveles y algunos del sector privado siguen solicitando actas de nacimientos con un plazo no mayor de tres meses desde la fecha de expedición o certificada, pero eso sí, la incongruencia continua porque siempre hacen la aclaración que esa disposición no significa que el acta pierda vigencia y lo puedes utilizar en otros procedimientos. (Premio Estatal de Periodismo 2011 y 2013, Presea Trayectoria Antonio Estrada Salazar 2018) www.intersip.org