Noticias Coahuila, Lideres de Opinión, Reportaje SIP

Sureste

Crean Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado

Crean Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado

Por Jorge Moreno

24 diciembre 2015; Saltillo, Coahuila.- El Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Dictamen que crea la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado a Iniciativas del Ejecutivo del Estado e integrantes de la Coalición de Trabajadores de la Educación Pública de la entidad presentaran una Iniciativa Popular.

Dicha Ley adopta las disposiciones de la ley vigente que regula el sistema pensionario mixto de contribución y señala eliminar las aportaciones y cuotas realizadas por los jubilados, ya que el Gobierno asumirá tales montos.

Asimismo, establece que la dirección estará a cargo de un Director General quien deberá contar con título y cédula profesional en ramas afines a la administración, finanzas, contabilidad o actuaría, y tener experiencia laboral más de seis años en las áreas.

Dentro de la modernización,  dicha dirección adoptará como principios rectores la seguridad social, sustentabilidad financiera, certeza jurídica, transparencia y rendición de cuentas, eficacia, eficiencia, austeridad, fortalecimiento del patrimonio y modernización de la dirección.

Se incorporan  obligaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas, de modo que se establecerá un plazo para que la Dirección implemente un sistema informático de consulta de cuentas individuales, con el objetivo de dar mayor certeza a los trabajadores de la educación.

La iniciativa también modifica y da orden a las disposiciones transitorias que establecen el tratamiento de la generación en transición compuesta por los trabajadores al servicio de la educación que entraron a laborar antes del año 2001.

El régimen de esta ley sólo contempla a los trabajadores en transición de la Sección 38 y respeta a los trabajadores que ya tengan derechos adquiridos.

Se modifica en forma mínima y gradual la contribución mensual obligatoria que hace el trabajador en activo a la Dirección de Pensiones, sobre su sueldo base, hasta llegar al 13 por ciento en el año 2023.

Al mismo tiempo, se aumenta en forma mínima y gradual la aportación por parte de las entidades y organismos a la Dirección de Pensiones hasta llegar al 63.13 por ciento.

También, la ley dispone  aumentar en forma mínima y gradual los años de servicio en el caso de pensión por antigüedad de acuerdo con su antigüedad a la entrada en vigor de esta ley de conformidad, del mismo modo, la edad requerida para obtener

El Dictamen fue presentado por las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia, de Educación, Cultura y Actividades Cívicas y de Trabajo y Previsión Social.

Reforman Ley del Seguro de los Trabajadores de la

Educación del Estado de Coahuila

Las reformas a la Ley del Seguro de los Trabajadores de la Educación del Estado de Coahuila, planteada por el Gobernador Rubén Moreira Valdez, fueron aprobadas por unanimidad.

La reforma excluye de la ley a los trabajadores del municipio, ya no existen escuelas a cargo de los municipios, modifican los tipos de pólizas dejando sólo pólizas de seguro, de fondo de retiro y de fondo de defunción.

Los préstamos que serán otorgados son préstamos a corto plazo con fondo de garantía, préstamos institucionales en condiciones preferenciales y préstamos para damnificados por desastres naturales y siniestros.

Esta reforma pretende dar mayor orden  y estructura a las normas y se fortalecen las funciones y eficacia del organismo, a fin de satisfacer plenamente las necesidades de los usuarios de esta institución.

El Dictamen se planteó por las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Educación, Cultura y Actividades Cívicas.

Reforman Ley del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores de la Educación

La reforma a la Ley del Fondo de la Vivienda para los Trabajadores de la Educación al Servicio del Estado de Coahuila de Zaragoza y sus Municipios fue aprobada por unanimidad.

Esta reforma excluye a los municipios, puesto que no existan escuelas asignadas a los Ayuntamientos, lo que significa que la ley será nombrada como Ley de Fondo de la Vivienda para los Trabajadores de la Educación al Servicio del Estado.

Dicha ley también tendrá las funciones de gestionar, tramitar y contratar créditos de interés social para operaciones de compraventa o arrendamiento y otorgar créditos para la conservación y mejoras menores en casa habitación.

Los créditos otorgados, de acuerdo a la reforma, serán créditos para la conservación y mejoras menores en casa habitación,  hipotecarios, institucionales y créditos para damnificados por desastres naturales.

Asimismo, se derogan las disposiciones relativas a los requisitos y condiciones para el otorgamiento de los créditos, por considerarse materia de reglamento; estableciéndose un plazo de 30 días para que el organismo reforme o expida su reglamento.

El Dictamen  aprobado se planteó por las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Educación, Cultura y Actividades Cívicas.

Reforman la Ley del Servicio Médico para los Trabajadores de la Educación del Estado de Coahuila

Las reformas aprobadas por unanimidad a la Ley del Servicio Médico para los Trabajadores de la Educación del Estado de Coahuila contemplan la actualización a los nombres de instituciones y redefinen los servicios que brinda, de acuerdo a lo que opera actualmente, el Servicio Médico.

Entre los servicios que se determinan son la Atención Médica de Primero y Segundo Nivel que incluyen servicio de consulta externa de medicina general y de especialidad, hospitalización, cirugía, servicio de urgencia médica, servicio dental, servicio de laboratorio, gabinete y servicio de farmacia; servicios subrogados, prestación de servicios directos con profesionales del ramo.

Asimismo, contempla servicios de atención médica y hospitalaria de primero y segundo nivel en instalaciones propias a particulares bajo esquema de pago por eventualidad o servicio médico facultativo individual y colectivo, además de contemplar planes de protección médico familiar.

Dicha reforma especifica que los derecho-habientes podrán recibir las prestaciones que la ley otorga a partir de la fecha de su nombramiento y no 6 meses después de su ingreso, ampliando el servicio; Para la aplicación de los descuentos ya no se tomará el sueldo básico sino el salario integrado con el total de percepciones.

Del mismo modo, la reforma adiciona un artículo dónde se establece que el patrimonio se utilizará para cubrir prioritariamente los servicios médicos y además para gastos de operación y administración, compra de bienes y compensaciones.