Celebra sesión ordinaria #139 el Consejo General del ICAI
Por Jorge Moreno
19 mayo 2016; Saltillo, Coahuila.-Al celebrarse, en la Ciudad de Saltillo, la centésimo trigésimo novena (139°) sesión ordinaria del Consejo General del ICAI, se resolvieron 38 recursos de revisión y se aprobaron 71 dictámenes de las resoluciones de los recursos de revisión.
Los recursos de revisión que se resolvieron en la sesión corresponden a:
A la Oficina del Gobernador (3), al Ayuntamiento de Saltillo (2), a la Ayuntamiento de Piedras Negras (2), a la Procuraduría General de Justicia del Estado (2), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de San Pedro (2), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Piedras Negras (2), a la Secretaría de Finanzas (2), a la Secretaría de Medio Ambiente (1), a la Secretaría de Desarrollo Económico, Competitividad y Turismo (2), a la Coordinación General de Comunicación Social (1), a la Secretaría de Salud (1), al Sistema para el Desarrollo Estatal de la Familia y Protección de Derechos (1), al Sistemas de Aguas y Saneamiento de Candela (1), al Sistemas de Aguas y Saneamiento de Morelos (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Allende (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Acuña (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Francisco I. Madero (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de San Buenaventura (1), al Sistema de Aguas y Saneamiento de General Cepeda (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Arteaga (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Matamoros (1), al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de San Pedro de las Colonias (1), al Sistema de Aguas y Saneamiento de Castaños (1) , al Sistema de Aguas y Saneamiento de Parras (1), a la Secretaría de Educación (1), al Sindicato del DIF (1), al Instituto Electoral de Coahuila (1), al Ayuntamiento de Torreón (1), al Ayuntamiento de Nadadores (1).
Se resolvió el recurso de revisión 149/2016, donde el ciudadano le solicitó al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de San Pedro de las Colonias copia simple de las sesiones del consejo directivo celebradas en el año 2015, en virtud de que no existe hasta el día de hoy 26 de marzo del 2016 evidencia de publicación o difusión de las mismas en la página o portal del SIMAS ni de la Presidencia Municipal SAN PEDRO.
El sujeto obligado no respondió a la solicitud, por lo que el solicitante presentó recurso de revisión a este Instituto ante su inconformidad por la falta de respuesta, a lo que el Consejo General, después de realizar el estudio del caso, votó por unanimidad que se requiera la respuesta al sujeto obligado para que se le entregue la información originalmente solicitada.
Se resolvió el recurso de revisión 154 del presente año, donde el ciudadano solicitó al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Acuña información acerca de si se ha obtenido el certificado de calidad sanitaria del agua y en que años se ha otorgado.
El sujeto obligado no respondió a la solicitud, por lo que el solicitante presentó un recurso de revisión a este Instituto ante su inconformidad por la falta de respuesta, a lo que el Consejo General, después de realizar el estudio del caso, votó por unanimidad que se requiera la respuesta al sujeto obligado para que se le entregue la información originalmente solicitada.
Se resolvió el recurso de revisión 174/2016, donde el ciudadano le solicitó al Instituto Electoral de Coahuila el número de personas que integraron la lista nominal del municipio de saltillo durante el año 2014 y 2015 y a cuántas personas menores de 30 años votaron en las últimas elecciones para el alcalde de saltillo.
El sujeto obligado respondió a la solicitud argumentando que hasta la fecha se encuentra en proceso de entrega – recepción a la Secretaria de Finanzas del Estado de Coahuila, todo lo que se encontraba bajo el resguardo del entonces IEPC, por lo que dicha petición se puede realizar al liquidador CP Gabino Gregorio Salinas Silva.
El solicitante presentó un recurso de revisión a este Instituto ante su inconformidad por la respuesta.
El Consejo General, votó por unanimidad que se modifique la respuesta al sujeto obligado para que se le entregue la información solicitada.
Se resolvió el recurso de revisión 140/2016, donde el ciudadano le solicitó al Ayuntamiento de Saltillo el desglose del capítulo 4000 del estado financiero con fecha de enero del 2016 en forma detallada y sus auxiliares.
El sujeto obligado comentó que “la Tesorería Municipal de Saltillo, hace llegar a esta unidad de Atención el documento de inexistencia de la información solicitada, por tal motivo le adjunto:
Copia del Acta No. CT/006/2016 celebrada por el Comité de Transparencia del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, mediante la cual se ratifica la inexistencia de la información en los términos solicitados, así como copia del oficio de fecha 29 de febrero del año en curso, dirigido al Contralor del R. Ayuntamiento de Saltillo, para su conocimiento”.
El solicitante presentó un recurso de revisión a este Instituto ante su inconformidad por la falta de respuesta, a lo que el Consejo General, después de realizar el estudio del caso, votó por unanimidad que se requiera la respuesta al sujeto obligado para que se le entregue la información originalmente solicitada.
En asuntos generales, el Comisionado Presidente del ICAI, Jesús Homero Flores Mier, solicitó al Secretario Técnico del ICAI, Javi Diez de Urdanivia del Valle, expusiera el acuerdo JT/CG/11/01, el cual dicta lo siguiente:
“Una falla en las líneas de distribución eléctrica acontecida en el Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila de Zaragoza, por causas no atribuibles a esta dependencia y que afecta a una parte considerable de la Zona Centro de este municipio, lugar donde se encuentran las oficinas de este Instituto donde se resguardan los servidores y equipos de cómputo con los cuales funciona el sistema operativo Plataforma Nacional de Transparencia, plataforma que soporta las solicitudes de acceso a la información, y la página de este Organismo, que contiene la Información Pública de Oficio de diversos sujetos obligados, se acuerda por parte de este Consejo General dictar como providencia y medida necesaria para salvaguardar el derecho a la información, se establezca este día 16 de mayo de 2016 como día inhábil para efectos de garantizar el derecho de acceso a la información pública y proteger los principios constitucionales y legales que regulan la materia del derecho a la información en nuestro estado.
Todo lo anterior con fundamento en los artículos 6 apartado A y 116 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7 fracción VII de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 183, 184, 194, 195, 196 fracción I, 206 y 207 fracción IV, incisos 1 y 12.»
En la sesión también se aprobaron 71 Dictámenes de las resoluciones de los recursos de revisión; de los cuales 41 son de cumplimiento y 30 de incumplimiento.



