Importante aclarar a población casos en que procede la acción de Inconstitucionalidad
Importante aclarar a población casos en que procede la acción de Inconstitucionalidad
Por Jorge Moreno
21 septiembre 2016; Saltillo, Coahuila.-La Diputada Yolanda Acuña Contreras, propuso modificar la Ley de Justicia Constitucional Local para el Estado de Coahuila para aclarar que no todo acto de autoridad o texto normativo puede ser combatido por vía de la acción de inconstitucionalidad, lo que evitará que los ciudadanos pierdan su tiempo al recurrir a un recurso legal que no procede más que en casos de afectación general.
La Diputada del PAN mencionó que hay actos de la autoridad y documentos legales que no producen afectación general, lo cual es requisito principal para ejercer una acción de inconstitucionalidad.
Sin embargo, el artículo 71, establece, por ejemplo, que incluso contra Puntos de Acuerdo del Congreso del Estado se puede ejercitar una acción de inconstitucionalidad, pero en la práctica no es así, ya que es común que el Tribunal Constitucional del Estado, o en casos similares en el ámbito federal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobresean o cancelen estas acciones, alegando que no se trata de una “ley o norma” de carácter general”, por lo tanto el recurso se interpone inútilmente por parte del interesado.
La propuesta de Yolanda Acuña es adecuar el artículo 71, para precisar que las acciones de inconstitucionalidad se ejercitarán contra las leyes, normas y otros actos de la legislación, siempre que revistan validez o afectación general para el total de la población en cada ámbito de aplicación, y de acuerdo a los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se busca con esta adecuación evitar la creencia de que todo acto de autoridad o texto normativo puede ser combatido por vía de la acción de inconstitucionalidad.



